¿Sabes qué cubre el seguro de daños por un temporal? Las lluvias que han caído durante los últimos días en España han provocado daños cuantiosos que afectan directamente al patrimonio de las personas. Eso significa que, ante una situación como esta, las personas tienen un problema económico más que importante que hay que resolver.
Primero fue el temporal ‘Emma’. Después una borrasca muy profunda conocida como ‘Félix’. Esta dejó fuertes vientos, abundantes lluvias y temporal marítimo en nuestro país. El fuerte viento en Galicia, áreas de montaña de la mitad norte peninsular, Sierras de Andalucía oriental, litoral sureste peninsular, noreste de Girona y Baleares ha provocado numerosos destrozos en estos puntos de la geografía española.
Ahora, una nueva borrasca denominada ‘Gisele’ llega a España este miércoles 14 de marzo. Dejará abundantes precipitaciones, vientos de más de 100 kilómetros a la hora y olas de hasta seis metros en Galicia. En Madrid, las rachas de viento podrían alcanzar los 80 km/h en áreas urbanas. En Andalucía y Castilla-La Mancha se esperan rachas de entre 70 y 80km/h.
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¿Qué cubre el seguro de daños por un temporal? Vamos a salir de dudas
Ante este panorama, surge una duda que muchas personas no saben solventar en muchas ocasiones. ¿Los seguros cubren los daños por un temporal?
Este tipo de siniestros que tienen que ver con los daños atmosféricos, normalmente, no tienen cobertura en las pólizas que se contratan con las compañías aseguradoras, aunque es el Consorcio de Compensación de Seguros quien se hace cargo de ellos. Por esta razón, en los recibos que se abonan por parte de los asegurados, una de las partidas corresponde a la cantidad que hay que abonar a esta entidad.
Si eres uno de los afectados por el temporal que ha atizado a España en los últimos días y no sabes qué hacer, cuáles son tus derechos, los plazos con los que cuentas para presentar documentación o cómo dar parte de siniestro, contacta con nosotros y te ayudaremos.
En el caso de los automóviles afectados por una inundación es imprescindible que la póliza de seguro de daños esté en vigor y que esté contratada alguna de las garantías que afectan a los daños propios. Es decir, si su vehículo está asegurado a terceros y lunas, o a terceros e incendio, o cualquier otra combinación hasta llegar a los que conocemos como todo riesgo, es más que posible que el siniestro que has sufrido tenga cobertura a través del Consorcio de Compensación de Seguros.
Consorcio de Compensación de Seguros
Las pólizas de seguros que pagamos cada año incluyen una parte destinada a la contratación de las coberturas que el Consorcio de Compensación de Seguros añade como garantías. Pero son muy pocos los que saben qué es esta entidad ni a qué se dedica. Hay que saber que en materia de riesgos extraordinarios, tendrá por objeto indemnizar en régimen de compensación, las pérdidas derivadas de acontecimientos extraordinarios acaecidos en España y que afecten a riesgos en ella situados.
Por otra parte, los siguientes fenómenos de la naturaleza son los que tienen cobertura si se produce un siniestro:
- Terremotos y maremotos.
- Inundaciones extraordinarias.
- Erupciones volcánicas.
- Tempestad ciclónica atípica.
- Caídas de cuerpos siderales y aerolitos.
Solo los vehículos con matrícula española serán susceptibles de indemnización. Y, por supuesto, aunque nos estemos refiriendo a vehículos a motor, las casas, las comunidades de vecinos, las industrias, etc., tendrán posibilidad de solicitar cobertura de su siniestro. En el caso de los daños directos, si la cobertura es la del Consorcio de Compensación de Seguros, la franquicia a cargo del asegurado será de un 7% de la cuantía de los daños indemnizables producidos por el siniestro.
No obstante, esta franquicia no será de aplicación a los daños que afecten a vehículos asegurados por póliza de seguro de automóviles, viviendas y comunidades de propietarios de viviendas. Es decir, si su vehículo, su vivienda o la comunidad en la que vive, ha sido afectada por las inundaciones, la indemnización no se verá afectada por la franquicia. En el caso de otro tipo de riesgos la indemnización se verá reducida en un 7% a causa de la aplicación de la franquicia. Por ejemplo, centros de enseñanza o industrias.
Es necesario dar parte de siniestro en un plazo no superior a los siete días
Estos procesos son arduos y crean cierta angustia y confusión en los asegurados. Por ello, una alternativa muy recomendable es contactar con un profesional del seguro. Seas cliente o no de Morera y Vallejo Correduría de Seguros, te ayudamos en todo lo que sea posible. Puedes contacta con nosotros a través del número de teléfono 954 367 525.
Morera & Vallejo Correduría de Seguros
¿Han sufrido daños tus propiedades a consecuencia de las últimas precipitaciones recogidas en distintos puntos de España? Llámanos y nuestros profesionales te informarán sin compromiso. Sobre los requisitos necesarios para que el siniestro pueda ser cubierto por tu seguro de daños. Sobre la documentación imprescindible para tramitar el siniestro. Para que seas atendido en el plazo de tiempo más reducido posible. Y sobre las garantías que pueden ser reclamadas.